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EDICTO. Juez de Paz Sustituto.

Lunes 9 julio 2018

EDICTO

En cumplimiento de lo dispuesto en los artículos 101 y 102 de la Ley Orgánica 6/1985, de 1 de julio, del Poder Judicial y el Reglamento de 7 de junio, de los Jueces de Paz y estando próxima la expiración del mandato del Juez de Paz sustituto de esta localidad, se procederá por el Pleno de la Corporación Municipal a proponer a la Sala de Gobierno del Tribunal Superior de Justicia de Extremadura al nombramiento de un vecino de esta localidad para ocupar el cargo de Juez de Paz sustituto.

Los interesados en este nombramiento podrán presentar en la Secretaría del Ayuntamiento (Oficinas Centrales), la correspondiente solicitud por escrito, en el plazo de 15 días hábiles a contar desde la publicación del presente edicto en el Boletín Oficial de la Provincia, en la que se hará constar:

Nombre y apellidos, D.N.I., domicilio, estudios cursados y profesión actual.

A dicha solicitud deberán acompañar los documentos que se reseñan a continuación:

 

DOCUMENTOS QUE HAN DE ACOMPAÑAR

  • Certificación de nacimiento o fotocopia del D.N.I.

  • Certificación de antecedentes penales, expedida por el Registro Central de Penados y Rebeldes del Ministerio de Justicia.

  • Certificación médica de no padecer enfermedad que incapacite para el ejercicio del cargo de Juez de Paz.

  • Declaración jurada de no estar incurso en causa de incompatibilidad.

Las solicitudes podrán presentarse en cualquiera de los lugares previstos en el artículo 16.4 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.

Lo que se publica para general conocimiento.

 

En Alburquerque a 9 de julio de 2018. EL ALCALDE, Fdo. Ángel Vadillo Espino.